Legales y tarifas

Términos y Condiciones de la Rueda de Premiox

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA RUEDA DE PREMIOX

Última actualización: 01/01/2025.

PRIMERO. (Generalidades).

1.1. “PREX S.A.C.” (en adelante “PREXPE”) ha creado un programa de “Fidelización” para sus “Clientes” tenedores de la tarjeta Prexpe que deseen participar; en adelante denominado como el “Programa”. El “Programa” se fundamenta en la “Fidelización” pudiendo brindar o no otros beneficios a los “Clientes”. El “Programa” se encuentra regulado por el presente marco regulatorio y las condiciones particulares que puedan establecerse para ciertas acciones de premios o beneficios (en adelante las “Bases”).

1.2. La participación en el “Programa” y/o la recepción de cualquier “Beneficio”, implica el íntegro conocimiento y aceptación de las “Bases”, así como de las decisiones que conforme a derecho adopte “PREXPE” sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas. “PREXPE” tendrá derecho a definir, establecer e interpretar aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en las “Bases”, sin afectar la esencia del “Programa” y los “Beneficios”. Cualquier modificación a las “Bases” será ajustada a la legislación vigente, así como debida y oportunamente notificada a los “Clientes”.

SEGUNDO. (Participación).

2.1. Podrán participar del programa “Prexitos” cualquier tenedor de la tarjeta “PREXPE”, mayor de dieciocho años, que exprese su voluntad de adherirse al programa mediante los medios establecidos por “PREXPE” y que acepte la “Bases”.

2.2. Únicamente podrán participar en el “Programa” los “Clientes” usuarios de la aplicación para “smartphone” de “PREXPE” cuando se encuentre habilitado el mecanismo de participación, el cual será a través de la aplicación, sin perjuicio que en el futuro “PREXPE” pueda establecer otros medios, de los que informará oportunamente a los “Clientes”.

TERCERO. (Los Prexitos).

3.1. Los “Clientes” mediante la utilización de la tarjeta Prexpe podrán obtener “Prexitos”. Determinado número de “Prexitos” podrá dar derecho a ciertas acciones de premios o a beneficios.

3.2. Los mecanismos de generación de los “Prexitos” serán regulados según lo determinado en “CUARTO”, sin perjuicio que en cada acción que inicie “PREXPE” podrá establecer diferentes mecanismos que serán debida y oportunamente informados a los “Clientes”. No existe ni se establece un mecanismo determinado fijo para la generación de los “Préxitos”.

3.3. Los “Clientes” adherentes al “Programa” tendrán una cuenta personal de “Prexitos”, donde podrán visualizar la cantidad de “Prexitos” generados.

3.4. Los “Prexitos” podrán ser utilizados cuando la APP tenga habilitada la Opción. Asimismo, Los “Prexitos” caducarán de manera mensual, por tanto, la cuenta personal del Cliente que refleja la cantidad de “Prexitos” volverá a “0” eliminando la totalidad de “Prexitos” generados cada mes.

3.5. Los “Prexitos” no constituyen de manera directa ni indirecta, valor monetario alguno ni son convertibles de manera alguna a valor monetario alguno; constituyen un elemento lúdico que representa únicamente la posibilidad de participar en juegos lúdicos y, en ciertos casos, pueden dar derecho a “Beneficios” regulados según las “Bases”.

3.6. Los “Prexitos” no serán transferibles de forma o modo alguno.

CUARTO. (Generación de Prexitos).

4.1. “PREXPE” de manera unilateral determinará los mecanismos de generación de “Prexitos”, pudiendo establecer nuevos mecanismos, modificar o eliminar mecanismos existentes. A tales efectos será suficiente con la publicación y notificación a los “Clientes” de los mecanismos de generación, los mismos que serán comunicados oportunamente a los “Clientes”.

4.2. En la app de “Prexpe” se establece los mecanismos de generación de “Prexitos” vigentes. Únicamente se generarán “Prexitos” según los mecanismos publicados en la “APP” referenciada. Todo cambio de la forma de generación será de aplicación inmediata desde la publicación de la modificación en la app referida.

4.3. Cualquier generación de “Prexitos” que esté causada en errores o fallas del sistema informático, cualquiera sea la causa o responsable, se considerará nulo. Misma nulidad tendrá la generación de “Prexitos” originada en una manipulación, alteración o irregularidad que realice el “Cliente” o terceros, incumpliendo las “Bases”, la seguridad informática o intentando de manera directa o indirecta engañar a “PREXPE” y sus sistemas informáticos. “PREXPE”, de manera unilateral, determinará cuando se ha producido alguna de las situaciones referidas.

4.4. Los “Prexitos” utilizados por el “Cliente”, según lo determinado en las “Bases”, serán deducidos de su cuenta personal.

QUINTO. (Los Beneficios).

5.1. “PREXPE” no tiene obligación alguna de producir de manera constante “Beneficios”. Los “Beneficios” podrán ser constantes, aleatorios, regulares o irregulares, de valor económico o sin valor económico. Asimismo, “PREXPE” podrá no otorgar “Beneficio” alguno, limitándose los “Prexitos” a ser un sistema lúdico sin beneficios específicos.

5.2. Acciones concretas del “Programa” podrán estar dirigidas a un grupo de “Clientes” determinados, no teniendo que ser las acciones del “Programa” necesariamente generales. Sin perjuicio de ello, en caso de existir acciones a grupos de “Clientes”, los grupos deberán determinarse por elementos objetivos, estando prohibido la elección discrecional de un “Grupo”.

5.3. Los mecanismos, forma y regulación de los “Beneficios” serán comunicados por “PREXPE” ante cada acción, de manera oportuna a los “Clientes”.

5.4. En caso de que “PREXPE” otorgue “Beneficios” que signifiquen para el “Cliente” obtener un producto o servicio, se aplicarán las siguientes regulaciones:

a) En caso de productos, “PREXPE” no garantiza elemento alguno del producto, limitándose únicamente a informar al “Cliente” oportunamente los datos del importador o fabricante, el mismo que deberá responder por el “Producto” según las normativas aplicables.

b) En caso de servicios, “PREXPE” no garantiza elemento alguno del servicio, limitándose únicamente a informar al “Cliente” oportunamente los datos del prestador del servicio, siendo de exclusiva responsabilidad del “Cliente” evaluar todos los aspectos que sean de su interés a efectos de tomar o no el servicio.

c) En caso de beneficios directos de Prexpe, se estará a las Bases y condiciones establecidas en cada Premio Obtenido.

5.5. Las entregas o coordinaciones de productos y servicios serán realizadas según lo que “PREXPE” informe en cada caso, pudiendo existir costos asociados, los cuales serán previamente informados y requerirían el consentimiento expreso del “Cliente” para devengarse.

SEXTO. (Prohibición).

No podrán participar del presente programa las personas menores de 18 años, ni el personal de “PREXPE.”

SÉPTIMO. (Autorización de Uso de Imágenes). Los “Clientes” que obtengan “Beneficios” o resulten ganadores en acciones autorizan expresamente y ceden, sin límite de tiempo, a “PREXPE” en forma gratuita y exclusiva, los derechos de uso, publicación y reproducción, encontrándose facultado para reproducir, adaptar, transformar, publicar su nombre y/o a divulgar su imagen y/o fotografías/video con fines publicitarios o no, en los medios y forma que Prexpe considere, sin derecho a ningún tipo de contraprestación o compensación para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción o publicación de las filmaciones, fotografías, imágenes o grabaciones de imagen, voz y datos personales en todos y cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra incluyendo presentaciones por televisión por aire, antena, cable, satélite, radio, Internet, etc.) con la única finalidad de comunicar el “Programa” desde la entrega del “Beneficio” y de forma indeterminada luego de su culminación, sin derecho a compensación de ninguna especie.

OCTAVO. (Datos Personales).

PREXPE obtendrá los datos personales de los participantes y solicitará a estos que otorguen su consentimiento documentado a efectos de ser incluidos en una base de datos con la finalidad de hacerle llegar información de productos o servicios de “Prexpe” o de terceras partes, pero siempre a través de “Prexpe”. Solo se incorporarán los datos de los participantes que brinden su consentimiento expreso, libre, previo, informado e inequívoco para el uso de sus datos personales. La base de datos creada en base a esta promoción cumplirá en un todo con lo dispuesto por la legislación vigente, tanto en lo relativo a obligaciones formales como materiales previstas en la Normativa de Protección de Datos Personales vigente en la República del Perú, incluyendo la inscripción de la base de datos en el Registro Nacional de Bancos de Datos Personales.

NOVENO. (Modificaciones).

9.1. Las presentes bases podrán ser modificadas sin previo aviso a criterio de “PREXPE”, siempre que sean publicadas a través de los medios oficiales de comunicación y se actualicen en la aplicación para smartphone de PREXPE notificando al cliente mediante la aplicación o a su correo electrónico registrado.

DÉCIMO. (Suspensión - Finalización).

10.1. “PREXPE” podrá finalizar o suspender definitiva o transitoriamente el Programa”, como así también introducir las modificaciones que juzgue convenientes en cuanto a las condiciones y características del mismo, en caso de configurarse el supuesto de caso fortuito, fuerza mayor o detecte un fraude o hackeo en su sistema informático, sin que ello genere derecho alguno o reclamo por parte de los participantes / los “Clientes”.

10.2. “PREXPE” podrá finalizar o suspender definitiva o transitoriamente el “Programa”, en cualquier momento y sin expresión de causa, debiendo únicamente cumplir con las operaciones de “Prexitos” que hayan sido perfeccionadas pero estén pendientes de cumplimiento al momento de enviada la notificación por parte de “Prexpe” a sus “Clientes”, sin que haya lugar a reclamo alguno por parte de estos últimos.

10.3. “PREXPE” podrá eliminar o suspender a cualquier “Cliente” que se detecte de manera fehaciente que ha realizado fraude o corrompido de alguna manera el sistema de participación o que ha incumplido con las presentes “Bases”.

10.4. Cualquier manipulación total o parcial de datos verdaderos, creación de identidades falsas o acciones que impliquen falsedad de documento e información, implicará la inmediata exclusión del participante del Programa.

DÉCIMO PRIMERO. (Jurisdicción).

Por cualquier cuestión que pudiera derivarse de la realización de la presente promoción, los participantes y PREXPE se someterán a la jurisdicción de los jueces y los tribunales de Lima Cercado.

TÉRMINOS Y CONDICIONES

Programa Prexitos – Rueda de Premios

PRIMERO. (Ámbito Subjetivo). PREX SAC (en adelante “PREXPE” o el “ORGANIZADOR) organiza el certamen “Rueda de Premiox – Programa Prexitos” (en adelante el “CERTAMEN”) sujeto a los presentes términos y condiciones.

Podrá participar en el certamen “Rueda de Premiox” cualquier tenedor de tarjeta “PREXPE”, mayor de 18 años (en adelante el “PARTICIPANTE”). Adicionalmente se requiere que el PARTICIPANTE sea adherente al programa “Prexitos”, habiendo aceptado las Bases y Condiciones del Programa de Gamificación “Prexitos”, así como también las presentes bases y condiciones particulares.

SEGUNDO. (Vigencia).

El CERTAMEN se encontrará vigente desde las 00:00 del día 1° de junio de 2021, hasta agotar stock de ruedas disponibles y premios, en todo caso sujeto al cumplimiento de los presentes términos y condiciones.

PREXPE podrá facultativamente extender el plazo del CERTAMEN, así como establecer sucesivas rondas de vigencia renovando los beneficios disponibles.

La suma de “Prexitos” por el pago de servicios se encontrará vigente desde las 00:00 del día 1° de Setiembre de 2023.

Sin perjuicio de la vigencia preestablecida, el ORGANIZADOR podrá suspender definitiva o transitoriamente el CERTAMEN, así como introducir las modificaciones que entienda convenientes, en caso de configurarse fehacientemente supuestos de caso fortuito, fuerza mayor, fraude o “hackeo” de sistemas informáticos, sin incurrir en responsabilidad alguna con los participantes.

TERCERO. (Mecánica del certamen).

Durante la vigencia del CERTAMEN los adherentes al Programa “Prexitos” podrán utilizar un número predeterminado de “Prexitos” para interactuar con la “Rueda de Premiox”. La rueda se presenta en la aplicación, visualizando distintos beneficios por cada casillero. La interacción con la “Rueda de Premiox” podrá devenir en la obtención de un beneficio determinado, de acuerdo a la casilla resultante de la interacción el participante con la “Rueda de Premiox”.

Durante la vigencia del CERTAMEN, o sus sucesivas renovaciones, el PARTICIPANTE podrá a acumular “Prexitos” mediante la utilización de su tarjeta PREXPE – MASTERCARD, emitida en la República del Perú, bajo las siguientes condiciones:

• Por cada compra local mayor a S/70* o USD 20* se disponibilizará 1 Prexito.**
• Por cada compra internacional mayor a S/35* o USD 10* se disponibilizará 1 Prexito.**
• Por cada pago de servicios mayor a S/100* o USD 26 se disponibilizará 1 Prexito.

*El monto de la compra o servicio no incluye impuestos. ** Los “Prexitos” se disponibilizarán siempre que la compra se encuentre aprobada y/o confirmada.

CUARTO. (Vencimiento de los “Prexitos”).

Los “Prexitos” caducarán el último día del mes de generado, independientemente de la vigencia del CERTAMEN y sus sucesivas prórrogas o rondas. Consecuentemente, el participante podrá únicamente utilizar sus “Prexitos” para interactuar con la “Rueda de Premiox”

QUINTO. (Beneficios).

Todo beneficio devenido de la “Rueda de Premiox” caducará a los 30 (treinta) días de generado. Por lo tanto, será carga del PARTICIPANTE reclamar (“denunciar”) el beneficio antes de ese término, vencido el cual se reputará como desistido, sin devengar derecho adicional alguno. El PARTICIPANTE podrá desestimar el beneficio expresa o tácitamente por vencimiento del plazo de caducidad, pero no generará correlativamente derecho alguno por dicho desistimiento.

Stock de ruedas disponibles durante la vigencia de la promoción: 500 (quinientos).

Durante la vigencia del CERTAMEN estarán disponibles los siguientes beneficios, cada ronda de Rueda podrá incluir o no, alguno de estos beneficios, los cuales se disponibilizarán en función de la Ronda. Otros beneficios podrán ser incluidos, todo lo cual será oportunamente comunicado a través de la Aplicación.

• Recargas disponibles por valor S/ 10, 100, 500 y 1,000 (soles peruanos, diez, cien, quinientos y mil), a acreditarse dentro en las 24(veinticuatro) horas siguientes a la denuncia del beneficio. Estas recargas serán únicamente válidas para realizar operaciones de compra con la tarjeta, no estando habilitado el PARTICIPANTE a retirar/convertir a efectivo dichos fondos en ningún momento. El PARTICIPANTE ganador autoriza al ORGANIZADOR a limitar los retiros de efectivo de su cuenta hasta que efectivamente dicha recarga sea consumida. No se devengará derecho a reclamo de ningún tipo por dicha limitación.

• Recargas disponibles por valor de USD 10 (dólares diez) a acreditarse en cuenta Prexpe dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas siguientes a la denuncia del beneficio. Estas recargas serán únicamente válidas para realizar operaciones de compra con la tarjeta, no estando habilitado el PARTICIPANTE a retirar/convertir a efectivo dichos fondos en ningún momento. El PARTICIPANTE ganador autoriza al ORGANIZADOR a limitar los retiros de efectivo de su cuenta hasta que efectivamente dicha recarga sea consumida. No se devengará derecho a reclamo de ningún tipo por dicha limitación. • Devolución por compras en Supermercados por el valor de S/20 (Soles veinte). El PARTICPANTE podrá utilizar este beneficio hasta 30 (treinta) días luego de denunciado. El PARTICPANTE ganador podrá hacer uso del mismo en compras en Supermercados que estén registrados bajo el MCC 5411, utilizando su tarjeta “PREXPE”. El beneficio se otorgará mediante un reintegro equivalente a un máximo del beneficio ganado, teniendo como plazo máximo las 48 (cuarenta y ocho) horas posteriores. El PARTICIPANTE deberá realizar un consumo igual o mayor a S/ 20 (Soles veinte).

• Devolución por compras en Grifos por el valor de S/15 (Soles quince). El PARTICPANTE podrá utilizar este beneficio hasta 30 (treinta) días luego de denunciado. El PARTICPANTE ganador podrá hacer uso del mismo abonando sus consumos en Grifos que estén registrados bajo el MCC 5541 y 5542, utilizando su tarjeta “PREXPE”. No aplican los consumos realizados en los markets u otros comercios en Grifos. El beneficio se otorgará mediante un reintegro equivalente a un máximo del beneficio ganado, teniendo como plazo máximo las 48 (cuarenta y ocho) horas posteriores. El PARTICIPANTE deberá realizar un consumo igual o mayor a S/ 30 (Soles treinta).

• Descuento en compras en la plataforma “Pedidos Ya” por el valor de S/20 (soles veinte). El beneficio se encuentra únicamente disponible en Lima, Arequipa, Trujillo, Chiclayo, Huancayo, Callao, Piura, Cuzco,Chimbote, Ica, Tacna, Cajamarca, Juliaca, Huacho, Huaura, Chincha y Sullana. El PARTICIPANTE podrá utilizar este beneficio hasta 30 (treinta) días luego de denunciado. Una vez denunciado el beneficio, el PARTICIPANTE ganador podrá hacer uso del mismo abonando sus consumos en “Pedidos Ya” utilizando su tarjeta “PREXPE”. El beneficio se otorgará mediante un reintegro equivalente a un máximo del beneficio ganado (el PARTICIPANTE deberá realizar un consumo mayor o igual al monto del beneficio).

• Descuento en compras en “Temu” (página web o aplicación) por el valor de S/20 (soles veinte) o USD 5 (Dólares estadounidenses cinco). El PARTICIPANTE podrá utilizar este beneficio hasta 30 (treinta) días luego de denunciado. Una vez denunciado el beneficio, el PARTICIPANTE ganador podrá hacer uso del mismo abonando en “Temu” utilizando su tarjeta “PREXPE”. El beneficio se otorgará mediante un reintegro, en la moneda de pago, equivalente a un máximo del beneficio ganado (el PARTICIPANTE deberá realizar un consumo mayor o igual al monto del beneficio).

SEXTO. (Liberación de Responsabilidad).

El ORGANIZADOR, no será responsable por daños, perjuicios o pérdidas ocasionados por cualquier motivo a los PARTICIPANTES ganadores o terceros, en sus personas o bienes, originados en el uso de los beneficios recibidos.

Consecuentemente el ORGANIZADOR no responde por las obligaciones de los proveedores de los beneficios - ya sea directamente, o por los productos que se adquieren en función de los mismos - ni otorga garantía alguna por ninguno de ellos, siendo la única garantía de los productos y servicios aquella que otorguen los proveedores o prestadores de los mismos. Se deja expresa constancia que el ORGANIZADOR no es agente, representante, garante o asociado a las marcas o a las empresas que comercializan los beneficios.

SÉPTIMO (Disposiciones generales).

Los presentes términos y condiciones y podrán ser modificados a criterio del ORGANIZADOR, mediante los procedimientos de comunicación habitual referidos en los términos y condiciones del servicio.

La mera participación en la promoción implica conocimiento y aceptación de estas bases y condiciones. En consecuencia, el ORGANIZADOR no será responsable, en ningún caso, de reclamos que tuviere como fundamento la falta de información o el manejo de información desactualizada.

Por cualquier cuestión que pudiera derivarse de la realización de la presente promoción, los PARTICIPANTES y el ORGANIZADOR se someterán a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la ciudad de Lima.

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